En Grupo Recordar contamos con una infraestructura propia de Parques Cementerios, y buscamos que nuestros clientes puedan tener acceso a generalidades acerca de la adquisición de productos en propiedad.

Si tienes alguna duda adicional, no dudes en escribirnos a nuestro WhatsApp, nuestro equipo estará presto para resolver tus dudas.

¿Cuánto dura mi garantía en la loza de marcación?

La garantía de la marcación de la losa es de tres (3) años, siempre y cuando no haya sido intervenida, manipulada o alterada por terceros.

Anexo de garantía

¿Qué son los derechos de instalación?

Corresponde al costo de instalación de una losa suministrada por un proveedor externo. Estas losas deben cumplir con los requisitos establecidos por el parque cementerio, conforme a lo dispuesto en el reglamento interno. La garantía de estas es de tres (3) años y cubre únicamente la instalación de la losa.

¿Por qué no puedo colocar objetos externos en la tumba de mi ser querido?

No se permite la instalación de objetos en nuestros parques cementerio. Esta disposición se encuentra establecida en el Reglamento Interno del Parque Cementerio, CAPÍTULO OCTAVO PROHIBICIONES el cual está disponible en nuestras instalaciones y en la página web.

¿Cómo se la fecha de exhumación de mi ser querido?

En Grupo Recordar hemos habilitado un espacio en nuestra página web www.gruporecordar.com.co, donde puede consultar la programación de las exhumaciones que se realizarán en nuestros parques cementerios a nivel nacional

¿Qué debo hacer si encuentro mi losa rota y las letras desmarcadas?

Si tu losa se encuentra dentro del período de garantía de tres (3) años, puedes solicitar la aplicación de la garantía acercándote a las oficinas de atención del parque cementerio o a través de nuestra línea de atención por WhatsApp.

Anexo de garantía

¿Qué son los servicios de cementerio?

Corresponde a los servicios de cementerio requeridos para la inhumación, los cuales comprenden, entre otros: la apertura y cierre del lote, la adecuación del terreno, el suministro de mano de obra necesaria, el mantenimiento general del parque cementerio y demás actividades relacionadas con la correcta prestación del servicio, conforme a las condiciones establecidas en el contrato y la normatividad vigente.

¿Qué son los derechos memoriales 

¿Qué son los derechos memoriales 

Son todos los servicios relacionados con el mantenimiento, conservación y administración del parque cementerio, incluyendo entre otros:


a) Mano de obra para la prestación del servicio.
b) Mantenimiento y conservación de zonas verdes.
c) Conservación de vías y parqueaderos.
d) Recolección y tratamiento de residuos.
e) Apertura y cierre del espacio y arreglo posterior a la inhumación.
f) Celebraciones religiosas o conmemorativas en el parque cementerio

si tienes dudas contacta a tu asesor 

¿Qué es una exhumación?

La exhumación es el proceso mediante el cual se retiran los restos óseos de un ser querido del lugar donde fueron inhumados. Este procedimiento puede realizarse por motivos administrativos o judiciales, y tiene como finalidad dar continuidad a procesos funerarios o legales, según corresponda.

¿Qué es una exhumación administrativa?

Es un proceso regulado por la normatividad colombiana mediante el cual se retiran los restos óseos de un ser querido del lugar donde fueron inhumados. Este procedimiento puede ser realizado por los cementerios, especialmente cuando no se ha logrado establecer contacto con los familiares del fallecido, y siempre se lleva a cabo cumpliendo con los requisitos establecidos por la ley

Para la ejecución de la exhumación por vía administrativa, La Compañía notificará a los deudos por correo certificado, mediante comunicación puesta en la lápida y en la cartelera del Parque Cementerio, con una antelación no inferior a treinta (30) días calendario al cumplimiento del tiempo mínimo de permanencia establecido en la normatividad a la dirección registrada en la orden de prestación de servicios de inhumación, con el fin de que los deudos se hagan presentes para decidir el destino final de los restos. Vencido el término si los familiares no se hicieren presentes, la administración del Parque Cementerio procederá dentro de los quince (15) días contados a partir del cumplimiento del tiempo mínimo de permanencia a la exhumación de los restos. Teniendo en cuenta la capacidad del cementerio, los restos se trasladarán al contenedor o el sitio dispuesto por el Parque Cementerio para el resguardo de los restos o se cremarán colocando las cenizas en una urna o espacio común. En los dos casos tanto los restos óseos como las cenizas deberán quedar debidamente identificados.

¿Qué debo hacer cuando se cumple el tiempo de mi lote en arriendo?

 Al finalizar el tiempo de arrendamiento, cuentas con diferentes alternativas según tus necesidades:

  • Prorrogar el contrato de arrendamiento.
  • Adquirir la propiedad del lote.
  • Trasladar los restos a un osario.
  • Optar por la cremación y posterior traslado a un cenízaro. 

Para recibir orientación personalizada y conocer los requisitos de cada opción, te invitamos a contactar a tu asesor de confianza

Se permiten colocar floreros sobre nivel en la losas:

Con el objetivo de preservar la estética, la uniformidad y la armonía del Parque Cementerio, la instalación de lápidas Y accesorios deberá cumplir estrictamente con las especificaciones técnicas y de diseño definidas por la Administración. Estas especificaciones comprenden, entre otros aspectos los diseños aprobados, el tipo de material autorizado, las dimensiones y proporciones, las inscripciones permitidas y la ubicación dentro del lote asignado.

De acuerdo a las normativas no esta permitido :

No podrán llevarse a cabo las siguientes actividades:

 a) Alterar la información grabada en la lápida

 b) Adicionar sin la autorización de la administración en las lápidas nombres, fechas, epitafios u otros datos. 

c) Retirar la lápida sin autorización previa de la Administración.

 d) Modificar la altura, levantar o hacer que la lápida sobresalga del nivel permitido. 

e) Cambiar la posición, orientación o ubicación original de la lápida. 

f) Instalar accesorios, imágenes, placas adicionales o cualquier elemento no autorizado por la Administración.

 g) Sustituir la lápida por otra sin cumplir el procedimiento y aprobación establecidos por la Compañía.